De conformidad a lo establecido en la base 13.2 del anexo de las bases generales, el plazo de toma de posesión será de un mes improrrogable, contado a partir del primer día hábil siguiente al de publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía. Perderán los derechos derivados de su participación en las pruebas selectivas quienes, transcurrido dicho plazo, no se hayan incorporado a su destino, salvo causa justificada así apreciada por esta Dirección General.
Declarar decaídas en su derecho a las personas aspirantes que se relacionan en el Anexo II de la presente resolución, por no haber aportado la documentación requerida en el trámite de audiencia en el plazo establecido en la Resolución de 22 de mayo de 2025, de la Dirección General de Personal del Servicio Andaluz de Salud (BOJA núm. 100, de 28 de mayo).
Conceder, a fin de no causar indefensión y de conformidad con lo establecido en la base 11.6, un plazo de diez días hábiles, a partir del día hábil siguiente al de publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, a las personas candidatas que se citan en el Anexo III de esta resolución para subsanar la falta de presentación de declaración responsable
