Como sabes, la solicitud de reconocimiento de nivel de Carrera es un proceso abierto y permanente con dos cortes semestrales, el 30 de abril y el 31 de octubre.
Por tanto, ante la finalización del 2º proceso permanente de 2025 recordamos, mediante un pequeño resumen, el proceso.
- Nivel I: Un tiempo mínimo de permanencia en el sistema superior a cinco años como personal estatutario fijo o temporal en la categoría y haber obtenido en la media de las tres mejores puntuaciones de los últimos 5 años una evaluación de los objetivos individuales y de la Evaluación del desempeño personal superior o igual al 65%
- Nivel II: Permanencia de un mínimo de 5 años en el Nivel I y tener la condición de personal estatutario fijo.
- Nivel III: Permanencia de un mínimo de 5 años en el Nivel II – Acreditación Avanzada -Baremo
- Nivel IV: Permanencia de un mínimo de 5 años en el Nivel III – Acreditación Experto de Competencias-Baremo
- Nivel V: Permanencia de un mínimo de 5 años en el Nivel IV y Acreditación Excelente de Competencias- Baremo
ESQUEMA DIFÍCIL COBERTURA
MUY IMPORTANTE:
TRAS RECIENTE SENTENCIA DEL TRIBUNAL SUPREMO, LOS AÑOS DE RESIDENCIA SE COMPUTAN PARA CARRERA PROFESIONAL, POR LO QUE LOS TIENES QUE TENER EN CUENTA PARA TU SOLICITUD DE CARRERA, SI BIEN Y HASTA TANTO LA ADMINISTRACIÓN MODIFIQUE LA NORMATIVA HABRÁ QUE RECLAMAR.
POR COMPROMISO DE LA ADMINISTRACIÓN, HASTA LA FINALIZACIÓN DE LA OPE DE ESTABILIZACIÓN, SE PUEDE ACCEDER DIRECTAMENTE AL NIVEL II DE CARRERA, SI ERES PORPIETARIO Y TIENES 10 AÑOS DE SERVICIOS PRESTADOS, SIN NECESIDAD DE PERMANENCIA DE 5 AÑOS EN EL NIVEL I.
SI NO ERES PROPIETARIO Y SI CUMPLES EL RESTO DE REQUISITOS, PODRÍAS SOLICITAR OTRO NIVEL DE CARRERA PROFESIONAL (ADEMÁS DEL NIVEL I), SI BIEN HABRÍA QUE HACER LA OPORTUNA RECLAMACIÓN (estamos a la espera de sentencia sobre este tema).

