Dicha Resolución:
- Modifica la lista definitiva de aspirantes que han superado y no han superado el concurso oposición de la categoría de Médico/a de Familia de Atención Primaria, por el sistema de acceso libre, aprobada por la citada Resolución de 15 de julio de 2020 de la Dirección General de Personal del Servicio Andaluz de Salud (BOJA núm. 139, de 21 de julio), en orden a incluir en dicha lista las modificaciones derivadas de la estimación del/de los recursos potestativos de reposición interpuestos contra dicha resolución.
- Aprueba la relación de plazas que se ofertan en el concurso-oposición de Médico/a de Familia de Atención Primaria, por el sistema de acceso libre, conforme a la distribución por centros de destino que se indica en el anexo.
- Establece que en el plazo de 15 días hábiles, a contar desde el día hábil siguiente al de publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, aquellas personas aspirantes que han superado el concurso oposición deberán presentar la solicitud de Petición de centro de destino de forma electrónica, a través del formulario electrónico correspondiente al sistema normalizado de petición de destinos de la Ventanilla Electrónica de la persona Candidata (VEC).
Contra la presente resolución se podrá interponer directamente recurso contenciosoadministrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, Sala de Granada, conforme a lo establecido en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de la publicación de la resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
