Los distintos Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Jaén vienen reconociendo el derecho a la compensación económica de las libranzas no disfrutadas de los lunes por las guardias de sábados, resultando sentencias firmes en aquellos casos en los que ya se tenía reconocido el derecho y se reclamaba solo la compensación de los no disfrutados con anterioridad.
Sin embargo, hasta ahora y desde diciembre de 2011, la Sala de Granada de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia en los casos donde sí cabía recurso por haberse reclamado el derecho, venía reconociendo el mismo (hasta el punto de que el SAS últimamente ha llegado a concederlo en vía administrativa), pero denegaba el abono de una compensación económica por los descansos no disfrutados con anterioridad.
Recientemente la Asesoría Jurídica de este Sindicato ha obtenido Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Granada que estima todas nuestras pretensiones y cuya novedad estriba en su fundamento jurídico cuarto, donde se justifica el cambio de criterio en relación con esta cuestión y reconoce el derecho a compensación económica por los descansos no disfrutados con anterioridad.
VER FUNDAMENTO JRDCO. 4º DE LA SENTENCIA
Si aún no has reclamado la compensación económica de las libranzas de las guardias de los sábados no disfrutadas, debes contactar con nosotros.
SINDICATO MÉDICO DE JAÉN