EL SINDICATO MÉDICO DE JAÉN INFORMA:
La Asesoría Jurídica del SMJ va a iniciar reclamación a los facultativos que cobran antigüedad por los servicios prestados anteriores a 1990 y los mismos no se les computan a efectos del cobro de los trienios, pues según reciente sentencia del Tribunal Superior de Juaticia de Andalucía, los médicos que presten servicios para el Servicio Andaluz de Salud (SAS) y perciben el complemento retributivo denominado «Premio de Antigüedad», tienen derecho también a percibir íntegramente el concepto de retribución correspondiente a sus trienios, así como la cuatía correspondiente a los no computados durante los cuatro años inmediatamente anteriores.
Si es tu caso o en tu nómina aparece el concepto «antigüedad» y quieres iniciar la oportuna reclamación, debes contactar con el Sindicato y facilitar certificación de servicios prestados y nómina reciente.